CAPÍTULO IV
De las características de los vinos
Artículo 14. Características de los vinos.
1. Los vinos amparados por la Denominación de Origen «Cariñena» tendrán las siguientes características:
Los vinos destinados a «crianza», «reserva» y «gran reserva», deberán tener una graduación alcohólica adquirida mínima de 12,5 y los destinados a «añejo» de 14.
2. La elaboración del vino de licor se realizará exclusivamente con las variedades Moscatel de Alejandría, Macabeo y Garnacha tinta cuyos vinos alcancen en el momento de la recolección una concentración de azúcares superior a 22 grados Brix.