05 de julio de 2009
El 31 de julio finaliza el plazo de presentación de solicitudes para acogerse al régimen de arranque de viñas
Los titulares de viñedo que quieran acogerse al régimen de arranque durante la campaña vitivinícola 2009 / 2010 tienen de plazo para presentar la solicitud hasta el 31 de julio en la Oficina Comarcal de Agricultura y Alimentación en la que radique la mayor parte de la explotación.
Las solicitudes deben ir acompañadas de la fotocopia compulsada del DNI en el caso de que el titular de la explotación sea una persona física y la acreditación de la titularidad de la cuenta para el abono de las ayudas.
En cuanto a las primas de arranque por hectárea, son las siguientes:
Rendimiento por hectárea / Prima
≤20 / 1.595
>20 y ≤30 / 3.740
>30 y ≤40 / 4.620
>40 y ≤50 / 5.060
>50 y ≤90 / 6.930
>90 y ≤130 / 9.460
>130 y ≤160 / 12.210
>160 / 13.530
En el caso de que el porcentaje de aceptación de las solicitudes que aplique la Comisión Europea no permita estimar todas las presentadas, tendrán prioridad los titulares que soliciten el arranque de la totalidad de las superficies de viñedo para vinificación de su explotación y tengan 55 años cumplidos.
El director general de Producción Agraria notificará la resolución de las solicitudes de subvención en el plazo máximo de seis meses, transcurridos los cuales, de no haberse notificado una resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su petición. La prima se pagará íntegramente al titular antes del 15 de octubre de 2010.
El Departamento de Agricultura y Alimentación, a partir de la finalización del plazo de arranque de viñedo, comprobará mediante controles “in situ” que el arranque de las superficies se ha producido. Las actuaciones de control serán efectuadas conforme a lo establecido en la normativa comunitaria aplicable, en el Real Decreto 1244/2008, y en lo reflejado en el plan general de control que establezca el Fondo Español de Garantía Agrícola, en colaboración con las comunidades autónomas.